Lima, feb. 07 (ANDINA). La Municipalidad de Lima declaró hoy de interés metropolitano el proceso de saneamiento físico legal de los predios tugurizados, medida cuyo objetivo es propiciar la renovación urbana en la capital, en beneficio de más de 600,000 personas que viven en 161,000 predios.
La ordenanza tiene como finalidad desarrollar los mecanismos que posibiliten el saneamiento físico legal de los predios tugurizados, para mejorar progresivamente las condiciones de habitabilidad y seguridad de esos inmuebles.
También propiciará la inversión pública y privada en proyectos de vivienda, actividades turísticas y usos mixtos, conciliando los intereses de los inversionistas, propietarios y ocupantes de los inmuebles tugurizados, en concordancia con la zonificación e índice de usos.
Asimismo, el Concejo aprobó la creación de la Subgerencia de Renovación Urbana, como dependencia de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Su función principal será programar, dirigir, ejecutar y controlar los procesos técnicos de renovación urbana y los vinculados con la identificación, calificación de áreas de tratamiento, declaración de estado de tugurización y saneamiento físico legal de los predios tugurizados.
Según lo aprobado, todas las etapas del proceso de saneamiento físico legal de los predios tugurizados y la renovación urbana de los mismos, contarán con la asesoría de los técnicos y urbanistas de la nueva Subgerencia de Renovación Urbana de la Municipalidad de Lima.
En una de las disposiciones finales se encarga al Servicio de Administración Tributaria (SAT) proponer, ante el Concejo Metropolitano, los incentivos y beneficios tributarios que la Comuna otorgará a las personas naturales o jurídicas que aporten o realicen inversiones para el desarrollo y ejecución de programas o proyectos de renovación urbana.
Finalmente, se dispone que la Gerencia de Desarrollo Urbano realice los trámites necesarios para suscribir convenios interinstitucionales entre la comuna, el Ministerio de Justicia y el Colegio de Notarios, para facilitar la conciliación entre los ocupantes de los inmuebles y sus propietarios; dotar de eficacia y promover tarifas sociales en los procedimientos notariales.
ANDINA, Agencia Peruana de Noticias
miércoles, 8 de febrero de 2012
miércoles, 25 de enero de 2012
Congresistas de la Comisión de Vivienda del Congreso de la República en Cusco
En el marco de la Segunda Audiencia Pública Descentralizada en la Ciudad de Cusco sobre “VIVIENDA RURAL Y URBANA, ACCESO A LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA DE SANEAMIENTO BÁSICO, organizado conjuntamente por la Comisión de Vivienda del Congreso de la República, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Colectivo Urbano conformado por las ONGs., Cenca Cepromur, Desco, Estrategia, Guaman Poma de Ayala y el SEA, se realizó igualmente una Visita de Campo con los Congresistas de dicha Comisión a las diversas experiencias del Centro Guaman Poma de Ayala, en vivienda nueva, en mejoramiento y en rehabilitación de viviendas en el Centro Histórico de Cusco. Igualmente se visitó distritos donde se desarrollan programas de vivienda urbana y de vivienda rural Eco eficiente, con confort térmico, prevista de duchas solares, cocinas mejoradas y en mejoramiento de vivienda con reforzamiento estructural
Algunas reflexiones socializamos en torno a los siguientes aspectos:
Algunas reflexiones socializamos en torno a los siguientes aspectos:
La Vivienda en el Centro Histórico del Cusco
Verificamos que las condiciones de habitabilidad son precarias
Vivienda en zonas periféricas y rurales
Las condiciones de habitabilidad:
Colectivo Urbano Perú - Cusco, 20 de Enero 2012
- Existe despoblamiento poblacional.
- Se ha priorizado el uso del suelo para otros fines y no para la vivienda.
- Constatamos que el problema de saneamiento de la propiedad, retrasa mejoramiento de la calidad de vida de la gente.
- Mejorar las condiciones de salubridad en casonas tugurizadas del centro histórico.
- Realizar intervenciones de emergencia y consolidar estructuras en las casonas.
- Alentar la vivienda productiva que permite garantizar el pago del financiamiento.
- Vivienda productiva generadora de ingresos, vivienda de alquiler o vivienda de hospedaje y otros.
Vivienda en zonas periféricas y rurales
Las condiciones de habitabilidad:
- Vivienda con poca ventilación y con poca luz natural
- Uso de cocinas para calentar la vivienda con alto consumo de leña
- Acumulación de humo producen dificultades para respirar y generan enfermedades respiratorias
- Proceso de autoconstrucción en adobe, sin asistencia técnica
- Vivienda eco eficiente con confort térmico y utilización de energía solar, cocina mejorada
- Construcción con tecnología tradicional y material de la zona
- Tecnología reforzada antisísmica
- Distribución espacial flexible y dinámica
- Vivienda productiva
Colectivo Urbano Perú - Cusco, 20 de Enero 2012
Segunda Audicencia Pública Descentralizada - Ciudad del Cusco
"Vivienda Rural y Urbana, acceso a los Programas de Vivienda e Infraestructura de Saneamiento Básico"
Con una participación muy significativa de los representantes de las
Regiones y Municipalidades Provinciales y Distritales de Cusco, Apurímac, Huancavelica, Madre
de Dios y Puno se realizó la
Segunda Audiencia Pública Descentralizada
De parte de las autoridades del Gobierno Nacional, Regional y Municipal se dan a conocer los programas de vivienda
urbana, rural y de servicios y saneamiento. Si bien se dan a conocer los
programas nuevos del ejecutivo, de igual forma los congresistas presentes
resaltan su participación en la fiscalización y la representación que ellos
realizan para hacer el seguimiento respectivo.
Desde la sociedad civil con las organizaciones no gubernamentales Cenca, CEPROMUR, Desco,
Estrategia, Guaman Poma y SEA,
expresan propuestas relevantes para intervenir en vivienda en centros
históricos, vivienda urbana, vivienda rural, servicios y saneamiento, a partir
de experiencias validadas en zonas urbanas y rurales.
Las grandes demandas de los alcaldes provinciales, distritales, líderes
y dirigentes vecinales son relevantes prioritariamente por el agua para consumo
humano, el saneamiento y la infraestructura para el transporte. Sin embargo no
menos relevante han sido las diversas expresiones de las autoridades en
relación a las limitaciones que colocan los procedimientos burocráticos con el
gobierno nacional y retrasan proyectos que deben resolver la calidad de vida de
la población. Es interesante dar a conocer los enfoques que las autoridades
regionales y municipales han expresado en relación al derecho al agua y a la
vivienda; el enfoque integral para abordar no sólo la vivienda, sino también la
salud, la educación y nutrición.
Los participantes consideran oportuno, pertinente y democrático
continuar con las Audiencias Descentralizadas del Congreso de la República,
pero igualmente es necesario sistematizar estas experiencias para mejorarlas,
hacerlas más productivas y lograr relaciones, sinergias y resultados que resuelvan
el desarrollo de los pueblos con inclusión social.
Colectivo Urbano Perú
enero 2012
viernes, 13 de enero de 2012
Comisión de Vivienda realizará audiencia pública en Cusco
Lima, 12 de enero 2012.- Con el objetivo de brindar información para acceder a una vivienda digna, la Comisión presidida por el congresista Marco Falconí Picardo realizará una audiencia pública descentralizada y una feria informativa en Cusco, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el 20 de enero, a las 8:30 a.m.
En la actividad participará el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ing. René Cornejo, quien expondrá las “Políticas públicas de vivienda rural, urbana y servicios básicos de saneamiento”. Mientras que el Viceministro Saneamiento, Ing. Enrique Juscamaita, explicará el “Procedimiento para el acceso de servicios de agua y desagüe” y el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, Arq. Miguel Romero, hablará sobre el “Acceso a la propiedad y a los programas de financiamiento de vivienda”.
El Centro de Convenciones del Cusco será el recinto que albergará a los Presidentes Regionales y Alcaldes Provinciales y Distritales de Cusco, Apurímac, Huancavelica, Madre de Dios y Puno; así como autoridades y representantes de las principales instituciones de la sociedad civil y organizaciones de base, invitados para que expongan sus problemas y buscar alternativas de solución.
Paralelamente, en el patio del Centro de Convenciones se realizará “La Feria de la Vivienda”, donde los visitantes encontrarán a funcionarios de Cofopri, del programa “Agua para todos”, “Mi Vivienda”, “Nuestro crédito”, “Techo propio”, Banco de materiales, Sencico, Programa integral de mejoramiento de barrios y pueblos entre otros, que les ayudarán a resolver sus dudas y entregarán material informativo para que puedan realizar sus trámites de formalización.
Ambas actividades serán inauguradas por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ing. René Cornejo, y el Presidente de la Comisión de Vivienda y Construcción del Congreso, Dr. Marco Falconí. También participarán los parlamentarios que integran la Comisión de Vivienda del Congreso, atendiendo las inquietudes de los asistentes.
Programa:
viernes, 2 de diciembre de 2011
Mesa de diálogo por el hábitat
Periodo Anual de Sesiones 2011-2012
La Comisión de Vivienda y la sociedad civil, en atención a las propuestas del V Foro Urbano Mundial realizado en Río de Janeiro, Brasil, en el que debatieron instituciones públicas y privadas los grandes temas referidos al hábitat, acordaron la conformación de la Mesa de Diálogo y Concertación para el Hábitat.
La comisión en el periodo anterior el 10 de noviembre de 2010, conformó un grupo de trabajo denominado “Mesa de Diálogo y Concertación para el Hábitat” y propuso la creación de un “Observatorio Urbano Nacional para el Hábitat”, en coordinación con los sectores de Vivienda, Salud, Trabajo y la Sociedad civil.
Iniciativa que debe tener continuidad, por ello el miércoles 05 de octubre de 2011 se instaló el grupo de trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Habitat”, integrada por los señores congresistas Marco Falconí Picardo (coordinador), Norman Lewis, Ramón Kobashigawa y Humberto Lay.
La comisión en el periodo anterior el 10 de noviembre de 2010, conformó un grupo de trabajo denominado “Mesa de Diálogo y Concertación para el Hábitat” y propuso la creación de un “Observatorio Urbano Nacional para el Hábitat”, en coordinación con los sectores de Vivienda, Salud, Trabajo y la Sociedad civil.
Iniciativa que debe tener continuidad, por ello el miércoles 05 de octubre de 2011 se instaló el grupo de trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Habitat”, integrada por los señores congresistas Marco Falconí Picardo (coordinador), Norman Lewis, Ramón Kobashigawa y Humberto Lay.
En cumplimiento del Plan de trabajo se realizó el evento sobre vivienda rural, hoy día 30 de Noviembre.
Enlaces:
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Colectivo Urbano Perú
noviembre 2011
martes, 8 de noviembre de 2011
La compensación por abandono en la nueva Ley de Saneamiento físico legal de predios tugurizados
por: Hildebrando Castro Pozo Díaz
CODIGO CIVIL
CAPITULO CUARTO - Extinción de la propiedad
Articulo 968º.- Causales de extinción de la propiedad
La propiedad se extingue por:
1.- Adquisición del bien por otra persona.
2.- Destrucción o pérdida total o consumo del bien.
3.- Expropiación.
4.- Abandono del bien durante veinte años, en cuyo caso pasa el predio al dominio del Estado.
Hildebrando Castro Pozo Díaz
El artículo 10º de la Ley de saneamiento físico legal de predios
tugurizados, Ley Nº 29415 tiene solamente la apariencia de ser técnico en sus
primeros tres párrafos. Sin embargo, se enreda y se tergiversa en los dos
párrafos siguientes al introducir en su texto las dudosas figuras de la compensación
y del arbitraje -y de su respectivo laudo- como requisito previo para que la
autoridad competente pueda declarar el abandono de los inmuebles, y que
prácticamente, la convierten en una especie de “compra-venta” a precio de
mercado.
Con la compensación por la declaración de abandono los “propietarios de
papel” se sacan una lotería; y, con el arbitraje que se impone, las autoridades
municipales resultan ser una especie de “minusválidas mentales” incapaces de
discernir y de decidir respecto a que inmuebles incurren en abandono en sus
circunscripciones territoriales.
Esta operación legislativa que introduce las figuras de la compensación y
el arbitraje al procedimiento de extinción de la propiedad por abandono de 20
años es obra y hechura del grupo parlamentario de “Unidad Nacional” adscrito a
una concepción arcaica y conservadora del derecho de propiedad, al cual –siendo
la hora del almuerzo- se sumaron apresurada y desprevenidamente el resto de los
congresistas de las demás bancadas asistentes al debate de este proyecto de
Ley. Lo así aprobado convierte, prácticamente en inútil dicho procedimiento.
Por ello, los ocupantes de predios tugurizados que no se dejen engañar ni
tontear con la nefasta Ley 29415 preferirán en adelante seguir el procedimiento
correspondiente de prescripción adquisitiva de dominio prevista en el artículo
950º del Código Civil que les permite adquirir la propiedad a los 5 años cuando
media justo título y buena y a los 10 años con posesión del inmueble de manera
continua, pacífica y pública.
Tradicionalmente nuestra legislación entendió por tal a la propiedad
abandonada por el dueño (inc. 4) del Art. 822º del Código Civil de 1936) la que
por ello pasaba a ser bien del Estado. El vigente Código Civil, desde 1984, en
el inciso 4 del artículo 968º establece que la propiedad se extingue por
abandono del bien durante 20 años, en cuyo caso pasa el predio al dominio del
Estado.
El tratadista Carlos Fernindad Cuadros Villenas, uno de los pocos
entendidos en esta materia al respecto refiere que: “el propietario está
obligado al uso de la propiedad en armonía con el interés social y a obtener de
ella el rendimiento que le haga socialmente necesaria y útil. La propiedad no
ejercitada, el bien mueble o inmueble no usado, se convierte o en un bien
abandonado (res dereclictae), tratándose de muebles o en un bien del Estado
tratándose de inmuebles” (1).
De la misma opinión es Eugenio Ramírez Cruz cuando señala que: “El hecho de
que el titular del derecho de propiedad de un predio demuestre patentemente
incuria, despreocupación y dejadez sobre dicho bien, o sea que no lo posea, es
fundamento contundente para que se produzca la pérdida de la propiedad” (…) y
que: “Resulta incuestionable que en éste -como en otros tantos aspectos-
encontramos una clara evidencia de que la propiedad ha dejado de ser perpetua.
Su vigencia está supeditada al cumplimiento del rol que le asigna la ley”. (2)
La corriente conservadora que ha dirigido la escritura de la presente Ley,
considera que la propiedad sigue siendo absoluta y enjuicia voz en cuello la
extinción de la propiedad urbana a la que califica de inconstitucional. Al
respecto nos preguntamos: ¿Y, entonces si dicha “interpretación” conservadora
es seria y es también científica, porque nunca el órgano de control
constitucional declaró la inconstitucionalidad del inciso 4 del artículo 968º
del Código Civil? ¿Por qué, en todo caso el Congreso de la República tampoco
derogó o modificó esa norma supuestamente inconstitucional?
En otras legislaciones, en cambio, el abandono de la propiedad urbana es
asunto completamente ligado a la función social que debe satisfacer la
propiedad, y inmediatamente conlleva a la exigencia de su uso y explotación
económica con arreglo a los planes urbanos. Así, en Colombia, el artículo 80º
la Ley Nº 09 de 1989 regula la "iniciación de extinción del derecho de
dominio" sobre los inmuebles que no cumplen con su función social y que se
inicia con resolución motivada que debe notificarse personalmente,
inscribiéndose en el Registro Público. En España, la edificación es una
obligación de los propietarios. Por eso mismo se regula respecto a la
“edificación forzosa”, los plazos en que se verifica esa edificación y el deber
de conservación, así como las sanciones que se inscriben en el Registro de la
Propiedad.
Compensación de predios abandonados
La “compensación por abandono” se reconoce a los propietarios que
“demuestren fehacientemente la titularidad sobre el predio” en el artículo 12º.
Dicha compensación se determina mediante tasación sobre la base de precios del
mercado y considerando “el estado de deterioro o ruina y otros factores de
evaluación arquitectónica, social o económica”, por lo que el mayor valor de
dicha compensación seguramente será el terreno y no las viejas estructuras y edificaciones
precarias.
En el caso de Barrios Altos, por ejemplo, en aplicación del Reglamento
Nacional de Tasaciones se aplicara el factor de zonificación y los valores de
mercado que exhiben los establecimientos comerciales colindantes, lo que
perjudicara a los pobladores de esa zona central de Lima.
Ese pago de la compensación debe hacerla la población “beneficiaria” en un
plazo no mayor de noventa (90) días que establece la Dirección Nacional de
Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, caso
contrario el proceso de abandono “caduca de pleno derecho”, con lo cual se pone
en evidencia que, en verdad, dicho proceso de abandono, se convirtió por obra y
gracia de conservadurismo parlamentario en una simple operación de compra venta
a precio de mercado.
El texto del artículo 15º es engañoso cuando enuncia que: “La resolución
municipal que declara el abandono constituye cosa decidida, extinguiendo el
dominio anterior y dispone la transferencia a favor de la municipalidad
provincial”, si se tiene en cuenta la caducidad del procedimiento de abandono
por causal falta de pago de la compensación establecida en el artículo 12º de
esta misma Ley.
CODIGO CIVIL
CAPITULO CUARTO - Extinción de la propiedad
Articulo 968º.- Causales de extinción de la propiedad
La propiedad se extingue por:
1.- Adquisición del bien por otra persona.
2.- Destrucción o pérdida total o consumo del bien.
3.- Expropiación.
4.- Abandono del bien durante veinte años, en cuyo caso pasa el predio al dominio del Estado.
Hildebrando Castro Pozo Díaz
Abogado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Experiencia en asuntos
del derecho municipal, administrativo, urbanístico y cultural.
Profesor del Curso Legislación y Normatividad en la Maestría de Arquitectura con mención en Gestión empresarial de la Escuela de Postgrado de la Universidad Ricardo Palma, Lima-Perú. 2002-2003.
Docente del Curso: “Planes, normatividad y renovación urbana” de la Sección Postgrado y Segunda Especialización de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de Ingeniería.
PUBLICACIONES:
Profesor del Curso Legislación y Normatividad en la Maestría de Arquitectura con mención en Gestión empresarial de la Escuela de Postgrado de la Universidad Ricardo Palma, Lima-Perú. 2002-2003.
Docente del Curso: “Planes, normatividad y renovación urbana” de la Sección Postgrado y Segunda Especialización de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de Ingeniería.
PUBLICACIONES:
Ensayo: Ley de Bases de Municipalidades. Hildebrando Castro-Pozo Díaz. Temas
Municipales. Editorial
Gaceta Jurídica, Lima, Septiembre de 1997.
La Calidad en la gestión de los Servicios Públicos Locales. INADE-ESAN-USAID, para el Programa
PDGL-ESAN. Lima, Octubre de 1997.
Régimen Normativo de la Planificación Urbana en el Perú. Temas Municipales. Editorial Gaceta Jurídica.
Lima, 1998.
Régimen Legal Urbano. Editorial Gaceta Jurídica. Lima, Marzo, 2000.
Reformas al uso del suelo. Aciertos, desaciertos y retos: El Caso Peruano. Ponencia en el II Seminario
Internacional Reformas al suelo urbano México D.-F. Julio del 2002.
Ley Orgánica de Municipalidades, Concordada y comentada. Editorial RAO, Lima, Octubre 2003.
Las municipalidades rurales y los programas sociales. (Las municipalidades rurales: problemática y propuestas. Análisis del marco legal para las transferencias de los programas sociales). CARE PERU Programa Fortalece. SINCO Editores, Lima, Agosto de 2005
Gaceta Jurídica, Lima, Septiembre de 1997.
La Calidad en la gestión de los Servicios Públicos Locales. INADE-ESAN-USAID, para el Programa
PDGL-ESAN. Lima, Octubre de 1997.
Régimen Normativo de la Planificación Urbana en el Perú. Temas Municipales. Editorial Gaceta Jurídica.
Lima, 1998.
Régimen Legal Urbano. Editorial Gaceta Jurídica. Lima, Marzo, 2000.
Reformas al uso del suelo. Aciertos, desaciertos y retos: El Caso Peruano. Ponencia en el II Seminario
Internacional Reformas al suelo urbano México D.-F. Julio del 2002.
Ley Orgánica de Municipalidades, Concordada y comentada. Editorial RAO, Lima, Octubre 2003.
Las municipalidades rurales y los programas sociales. (Las municipalidades rurales: problemática y propuestas. Análisis del marco legal para las transferencias de los programas sociales). CARE PERU Programa Fortalece. SINCO Editores, Lima, Agosto de 2005
PLAN DE TRABAJO: MESA DE DIALOGO PARA EL HABITAT Periodo Anual de Sesiones 2011-2012
La
Comisión de Vivienda y la sociedad civil,
en atención a las propuestas del V
Foro Urbano Mundial realizado en Río de Janeiro, Brasil, en el que debatieron
instituciones públicas y privadas los grandes temas referidos al habitat.
La
comisión en el periodo anterior el 10 de noviembre de 2010, conformo un Grupo
de trabajo denominado “Mesa de Diálogo
y Concertación para el Hábitat” y propuso la creación de un “Observatorio Urbano
Nacional para el Hábitat”, en coordinando con los sectores de Vivienda, Salud,
Trabajo y la Sociedad civil.
Iniciativa
que debe tener continuidad, por ello el miércoles 05 de octubre de 2011 se
instaló el grupo de trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Habitad”,
integrada por los señores congresistas Marco
Falconí Picardo (coordinador), Lewis y Lay.
I. ANTECEDENTES: ACUERDOS DEL V FORO URBANO PARA EL
HABITAT
MESA DE
DIALOGO Y CONCERTACIÓN PARA EL HABITAT
Se
identifico la necesidad de asumir las siguientes acciones:
- Intercambiar información entre la sociedad civil y el Estado sobre la situación del hábitat, sobre lo que se está haciendo, y lo qué se debe hacer.
- Pensar en el desarrollo de las ciudades intermedias en el país, a fin de que en éstas no reproduzcan situaciones de desigualdad y marginalización territorial.
- Profundizar el proceso de la descentralización y fortalecimiento de los gobiernos subnacionales.
- Difundir políticas públicas, las mismas que son a nivel nacional y muchas veces no son difundidas en los ámbitos locales, esto origina que no se formulen y se ejecuten a nivel local, y si hay políticas y normas no sean conocidas por la población.
- Visibilizar las diversas experiencias y buenas prácticas por el hábitat están dispersas y no se conocen.
- Evitar duplicidad y superposición de gestiones gubernamentales, en todos los niveles de gobierno, en las acciones por el hábitat.
- Avanzar en la implementación del Acuerdo Nacional en su capítulo sobre: Desarrollo en infraestructura y vivienda.
- elaborará un plan nacional de infraestructura identificando ejes nacionales de integración y crecimiento para desarrollar una red energética, vial, portuaria, aeroportuaria y de telecomunicaciones, que permita fluidez en los negocios y en la toma de decisiones;
- otorgará un tratamiento especial a las obras de servicio social, con especial énfasis en la infraestructura de salud, educación, saneamiento, riego y drenaje, para lo cual buscará la participación de la empresa privada en su gestión;
- promoverá el desarrollo de corredores turísticos y de exportación, que permitan trasladar productos a costos razonables, facilitar las cadenas de producción y consolidar una integración fronteriza acorde con los planes nacionales;
- edificará infraestructura local con participación de la población en su construcción y mantenimiento. Asimismo, con el objetivo de desarrollar la vivienda, el Estado:
- elaborará un plan nacional de vivienda y la normatividad necesaria para simplificar la construcción y el registro de viviendas en tiempo y costo, y permitir su densificación, abaratamiento y seguridad;
- contribuirá a consolidar un sistema habitacional integrado al sistema económico privado, con el Estado en un rol subsidiario, facilitador y regulador;
- apoyará a las familias para facilitar el acceso a una vivienda digna;
- fomentará la implantación de técnicas de construcción masiva e industrializada de viviendas, conjuntamente con la utilización de sistemas de gestión de la calidad;
- fomentará la capacitación y acreditación de la mano de obra en construcción;
- fomentará el saneamiento físico legal, así como la titulación de las viviendas para incorporar a los sectores de bajos recursos al sistema formal;
- buscará mejorar la calidad de las viviendas autoconstruídas.
II.
OBJETIVOS
Revisar
y evaluar de las políticas públicas.
Formular
políticas públicas.
Seguimiento
al desarrollo de las políticas públicas.
Formular
normas complementarias para la aplicación de las políticas públicas.
Difundir
normas y reglamentos a la ciudadanía.
III. CRONOGRAMA
DE ACTIVIDADES POR TEMAS
- Vulnerabilidad: zonas de alto riesgo: Reunión de trabajo entre las organizaciones de la sociedad civil y los sectores involucrados de gobierno. Octubre - Noviembre
- Viviendas alto andina y rural: Organizar un evento que difunda propuestas y experiencias replicables. 11 noviembre
- Seguimiento al Plan Nacional de Vivienda: Solicitar información Trimestral Reuniones de trabajo. Octubre, Noviembre y Diciembre
- Difusión de Normas y mecanismo: Elaboración de cartillas. Eventos descentralizados para su difusión. Noviembre - Diciembre
Actores:
Colectivo Urbano;
Comisión de Vivienda
Universidades
(UNI, Católica);
Organizaciones
Vecinales (dirigentes);
Ministerio
de Vivienda;
Ministerio de Salud;
Ministerio de Agricultura;
Ministerio
de Educación;
SENCICO
Indeci
Municipalidad
Metropolitana Lima;
AMPE
IV. FECHA
DE SESIONES
Hay
que definir que día de la semana se reunirán los integrantes del grupo de
trabajo a fin de hacer las coordinaciones necesarias para conseguir la
participación de los diversos actores involucrados en los temas.
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